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Preguntas frecuentes

¿Cómo puedo registrar mi empresa en Chófer?

El registro es rápido y sencillo.  Debes rellenar el formulario de Registro de Empresa. Cualquier tipo de duda puedes contactarnos y te guiaremos paso a paso.


Email: info@chofer.ai
Teléfono: 613 81 40 60

¿Cómo solicito un servicio?

Una vez registrado puede solicitar un servicio fácilmente desde la web. En caso de duda, nuestro equipo te atenderá de manera personalizada y adaptará la propuesta a tus necesidades.


Email: info@chofer.ai
Teléfono: 613 81 40 60

¿Recibiré presupuesto previo?

Sí. Para confirmar el servicio, simplemente debes firmar y sellar el presupuesto que te enviamos. Una vez recibido, nuestro equipo procederá con la asignación del conductor.

¿Cómo confirmo la contratación?

Firmando y sellando el presupuesto enviado. Tras recibirlo, asignamos conductor.

¿Cuándo se realiza el pago?

El servicio debe estar abonado antes de su inicio y puedo realizarse por:


Tarjeta de crédito
Transferencia Bancaria

¿Debo dar de alta al conductor en Seguridad Social?

Todo conductor que conduzca vehículo de servicio público debe darse de alta en Régimen General por los días naturales del servicio.

¿Cómo garantizan la profesionalidad?

En Chófer, nuestra prioridad es la excelencia del personal que asignamos a cada servicio. 


Llevamos a cabo un riguroso proceso de selección y verificación continua, con el firme compromiso de enviar al profesional idóneo para cada ocasión. Nuestro prestigio se basa en un único objetivo: garantizar su absoluta confianza.

¿Cómo se facturan servicios y nómina?

Una vez aceptado el presupuesto y formalizado el pago, procederemos a la asignación y gestión del profesional seleccionado. 


Al finalizar el servicio, el cliente deberá facilitarnos copia de la nómina correspondiente para su inclusión en la factura bajo el concepto de suplido, tal como se contempla en el presupuesto inicial. 


Mediante este procedimiento, usted dispondrá en un único documento de todos los justificantes de pago, unificando la liquidación de la nómina y los honorarios del servicio.

¿Qué ocurre en el caso de siniestros leves?

Los siniestros leves (daños en lunas, roces o impactos menores) se consideran riesgos inherentes a la actividad operativa, dado que el profesional actúa bajo la disciplina y dirección de la empresa cliente. 


En consecuencia, estos eventos quedan amparados por la cobertura de riesgo ordinario. Únicamente se derivarán responsabilidades al conductor en supuestos de negligencia grave, dolo o reincidencia acreditada en el incumplimiento de las normas de seguridad vial.

¿Quién asume las sanciones?

En cumplimiento de la normativa vigente, el chófer asumirá la responsabilidad directa y exclusiva por aquellas infracciones de tráfico derivadas de su conducción durante la prestación del servicio.